LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS Y HACIENDA. EL MODELO 347

En el inicio de cada año y en los primeros días ‘cotidianos’, después de los días festivos, nos encontramos con la obligación de presentar ante Hacienda un modelo declarativo, en el que las comunidades de propietarios que hayan acumulado en una o varias operaciones a lo largo de todo el año, con un único proveedor de servicios (exceptuando a las suministradoras eléctricas y de agua) que se denomina Modelo 347.

En el departamento de contabilidad de AF gestifinc se cruzan los datos acumulados durante todo el año, entre cada comunidad con cada uno de los proveedores, como pueden ser: mantenimiento de ascensores, jardineros, mantenimiento de piscinas, empresas de rehabilitación, pintores, etc. de las comunidades de vecinos que somos sus administradores y en las que se han realizado trabajos cuyos importes acumulados superan los 3.000 euros. Confeccionando y presentando en tiempo y forma, el modelo 347 correspondiente, de cada comunidad en la Agencia Estatal Tributaria.

Por lo tanto, no todas las comunidades tienen la obligación de presentar dicho modelo cada año, pero sí son todas las comunidades las que en cualquier año pueden ser objeto de obligación. Hay que estar atentos para no recibir sorpresas desagradables en forma de sanciones.
En este año, el plazo habilitado para la presentación va desde el día 1 de enero, hasta el 28 de febrero de 2018.

Por Gestifinc // marzo 23