Obras para la mejora de eficiencia energética, instalación de placas fotovoltaicas u otras fuentes de energías renovables en las comunidades de propietarios

Tras las pasadas modificaciones legislativas Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre se han allanado los requisitos y trámites, que vamos a detallar:

Lo primero que debe hacer la comunidad es someterlo a aprobación en Junta General y aprobarlo por mayoría simple de votos (y cuotas de participación) siempre que su coste repercutido anualmente, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas y aplicada en su caso la financiación, no supere la cuantía de nueve mensualidades ordinarias de gastos comunes.

Si se alcanza dicha mayoría, que es la misma para aprobar la instalación de fuentes de energía renovable de uso común, como para la realización de obras o actuaciones que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética acreditables a través de un certificado de eficiencia energética del edifico, el coste de la instalación y su mantenimiento tendrá la consideración de gastos generales y el vecino disidente (que vota en contra) SÍ deberá contribuir con el pago aun cuando no esté de acuerdo.

Ahora bien, en caso de no alcanzarse la mayoría simple y que algún/os propietario/s sí deseen la instalación de placas fotovoltaicas u otro elemento de energía renovable, podrán obtener la aprobación de la Junta General con el voto de un tercio del total de propietarios y coeficientes, quiere decir que en el momento de la junta ha de estar presente , así como asumir el coste de la instalación y mantenimiento. No obstante, debemos tener claro que la instalación será considerada un elemento común, y los propietarios que deseen sumarse posteriormente, deberán pagar el importe que les hubiera correspondido, debidamente actualizado, aplicando el correspondiente interés legal y El vecino que se quiere unir después, tiene que pagar las cuotas por la instalación más el mantenimiento por el tiempo que lleve funcionando la instalación.


Desde GESTIFINC recomendamos que además se aprueben normas de régimen interior para la regulación de los costes de las altas posteriores, del coeficiente de la generación de la energía que corresponde a cada vecino, etc. todo ello con el asesoramiento de la empresa o técnico/a especializado que la comunidad haya confiado el proyecto.


Para la realización de las obras o instalaciones que mejoren la eficiencia energética, existen ayudas y subvenciones recientemente entradas en vigor en la Comunidad Valenciana a través de los fondos europeos Next Generation, previstos para este año 2022 y 2023. En el caso de realizarse obras de otra índole como accesibilidad o reparación estructural al mismo tiempo y en el mismo proyecto que las obras de mejora de eficiencia energética, también serán subvencionables.

Para el conocer el caso concreto puedes hacernos la consulta, sin compromiso pulsando el botón de whtasapp de que tienes en esta misma página

Por Gestifinc // abril 27