Instalar un punto de carga para vehículos eléctricos en el garaje comunitario o privado
En el caso de tener garaje para el coche, pueden suceder dos cosas: que tengamos una cochera en una casa unifamiliar, y siendo así muy probablemente ya haya algún enchufe en el garaje, o que tengamos una plaza de garaje o cochera en un garaje comunitario, con más vecinos, lo cual suele ser lo más habitual en España. En este caso casi ningún garaje tiene enchufes, y si tiene alguno, es de la comunidad.
Hay que tener presente que con un enchufe convencional, de tipo doméstico, de 16 A, ya se puede recargar un coche eléctrico. Este tipo de enchufe sirve para lo que se viene a denominar recarga ocasional (que suele limitarse a 10 A y unos 2,3 kW de potencia). Lo más relevante en este caso es que la instalación de toma de tierra de la línea que alimenta ese enchufe esté bien instalada.
GARAJE COMUNITARIO:
Sólo hay que informar a la comunidad
En el caso de una cochera o plaza de garaje individual en un garaje colectivo la instalación se complica un poco, pero tampoco hay que asustarse. Como estamos hablando de tener que realizar una instalación en un elemento común que se comparte con otros propietarios, no podemos actuar sin más, ni hacer lo que queramos.
Para instalar un punto de recarga en un garaje comunitario, solo es necesario informar por escrito al Presidente o administración de fincas como nosotros AF gestifinc. Pero no vale de cualquier manera.
(La Ley de Propiedad Horizontal se modificó para simplificar y facilitar la instalación. El 23 de noviembre de 2009 se publicó en el BOE número 283 la Ley 19/2009, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios, y en su artículo 17.5 se modifica la Ley de Propiedad Horizontal para que no haya que someter la instalación a la aprobación de una junta de propietarios.)
Simplemente hay que informar por escrito, de manera oficial, al presidente de la comunidad o administrador de la finca, de que se va a realizar la instalación, y guardar copia del documento con fecha y sello o firma.
CUMPLIENDO CON la instrucción técnica complementaria del Reglamento electroténico de baja tensión (REBT), la ITC-BT-52, que regula la infraestructura de recarga para vehículos eléctricos.
a) Desde nuestro contador
Si el garaje es del mismo edificio en el que vivimos, lo más razonable es realizar una derivación de nuestra instalación eléctrica individual hasta la plaza de garaje, aprovechando el mismo contrato de suministro eléctrico de la vivienda. Aquí hay dos opciones, o realizarla desde el propio contador de nuestro suministro eléctrico, o bien realizarla desde el cuadro general de mando y protección de nuestra vivienda.
La ventaja de la primera opción es que normalmente la centralización de contadores se encuentra en la planta cero, y como las plazas de garaje suelen estar en la planta cero o en planta sótano, la distancia desde el contador hasta el punto de recarga será menor, y el coste de la instalación será también algo menor, al tener que gastar menos metros de cable. Esta opción requiere de contador eléctrico digital o electrónico.
La ventaja de la segunda opción es que se puede tener un control directo de la línea que alimenta el punto de recarga desde la propia vivienda, pues se instalaría allí el interruptor automático y el interruptor diferencial, o incluso un pequeño contador, programador, etc. La pega es que cuanto más alta se encuentre nuestra vivienda, más metros de cable se necesitarán para llegar hasta el punto de recarga.
En principio para un punto de recarga normal, o de recarga lenta, a 16 A y unos 3,6 kW de potencia, no es necesario contratar un suministro específico, con un segundo contrato y una segunda cuota fija, aunque también se podría hacer según sean las circunstancias.
De hecho, muchas veces tampoco será necesario ni siquiera aumentar la potencia contratada que tenemos en nuestra vivienda, aunque esto dependerá un poco de cada caso. Sí hay que fijarse en qué grado de electrificación tiene la vivienda, pues lo que estamos haciendo es una ampliación de la instalación existente. El electricista ya está pendiente de esto. El coste final de la instalación, en este caso, puede estar entre unos 800 y 1600 euros, aproximadamente.
No todo el mundo, en concreto ciertas compañías eléctricas, defiende esta posibilidad de instalación derivando desde el contador del usuario. Veremos cómo queda definitivamente la ITC correspondiente. Ahora mismo se encuentra en una situación un tanto alegal en ciertas comunidades autónomas.
b) Desde el contador del garaje
Si la plaza de garaje no está en el mismo edificio en el que vivimos, o bien si no es posible realizar la derivación desde el contador del propio usuario, porque finalmente la normativa no lo permita, o porque resulta muy difícil técnicamente, por cuestiones relacionados con el edificio, se puede hacer la derivación desde el contador eléctrico del propio garaje.
Más allá de esta diferencia, la instalación no cambia apenas con la derivación desde el propio contador individual. Se hace imprescindible un contador secundario en la derivación que servirá para que la comunidad de propietarios del garaje cobre al usuario la electricidad que consuma su punto de recarga, y se lo pasen por ejemplo con la cuota de la comunidad correspondiente.
Para este caso obviamente no solo es suficiente con informar a la comunidad de propietarios, sino que SE REQUIERE APROBACIÓN DE LA JUNTA DE PROPIETARIOS.
Es conveniente dejar claro que no vale con ‘coger’ electricidad de una línea eléctrica que pasa al lado de nuestra plaza de garaje, realizando una conexión o derivación directa sin más. Hay que hacer un nuevo circuito con su propia línea, específico para el punto de recarga. Esto es así sobre todo por una cuestión de seguridad y control, y para evitar sobrecargar un circuito ya existente.
c) Con un nuevo suministro
En este caso no se realiza la instalación de la línea eléctrica para el punto de recarga derivando desde un contador existente, ya sea del usuario, ya sea del garaje, sino que se contrata un nuevo suministro eléctrico, con el coste fijo mensual o bimestral correspondiente, y con su contador principal propio.
c.1) en vivienda unifamiliar:
Es decir, con esta solución tendríamos un contrato para la electricidad de la casa, con sus correspondientes facturas periódicas, y también tendríamos un contrato para la electricidad del punto de recarga, a su vez con sus correspondientes facturas. Es decir, es una solución más cara para el usuario.
c.2) en garaje comunitario: (requiere de autorización de la Junta)
Hay un par de variantes de este sistema:
La primera es la del gestor de carga. En lugar de que sea el propio usuario el que costee la instalación, y pague a la compañía eléctrica por el suministro y el consumo, puede hacerlo a través de un gestor de carga, que es una empresa que, sin ser una compañía eléctrica, se ocupa de soluciones de recarga de vehículos eléctricos y puede revender electricidad.
En este caso la instalación, con el nuevo suministro y contador, así como el propio punto de recarga, lo paga el gestor de carga, y luego mensualmente el usuario paga al gestor de carga lo que se haya estipulado. Es decir, en este caso se paga el servicio, además del consumo. Suele haber soluciones tipo ‘bono’ (con tantos kWh incluidos) o tipo ‘tarifa plana’, según el caso. Esta solución puede ser útil sobre todo en garajes muy grandes.
La otra variante es que ese nuevo suministro con un contador principal sirva para varios puntos de recarga. Es lo que viene a llamarse como una instalación troncal. Del contador principal se derivan tantos contadores secundarios como puntos de recarga vaya a haber. De nuevo esta solución parece más indicada para garajes grandes, en garajes donde vaya a haber muchos puntos de recarga, o en aquellos que no están en el mismo edificio que la vivienda de los usuarios.
¿Es muy complicada la instalación?
Hasta que la normativa de obligado cumplimiento en las obras nuevas de edificación no estipule que se debe prever (preinstalación), o directamente instalar, puntos de recarga en las plazas de garaje, y desde luego en todos los edificios ya construidos, la instalación de un punto de recarga en una plaza de garaje puede ser más o menos complicada.
Lo que hay que tener presente es que todos los costes de la instalación los debe pagar el usuario de ese punto de recarga, y que no puede causar daños a las instalaciones o elementos comunes del edificio, y en caso de que algo se dañe debido a la instalación, tiene que hacerse cargo. Esto por otra parte es de total lógica y sentido común.
En principio la instalación es algo relativamente simple: solo hay que hacer llegar un cable hasta la plaza de garaje. En una instalación monofásica hablamos realmente de tres cables: fase, neutro y toma de tierra. En todos los supuestos que hemos expuesto antes, la mayor dificultad suele presentarse para hacer llegar ese cable desde el contador hasta la plaza de garaje, pues el recorrido puede ser un tanto laberíntico.
Dependiendo de dónde esté la plaza de garaje puede haber más o menos distancia que recorrer, y más o menos barreras arquitectónicas que superar: paredes, forjados, escaleras, etc. Si la vivienda no es muy vieja puede haber conducciones eléctricas empotradas, generosamente dimensionadas, por las que pueden pasar los cables. También se pueden aprovechar los falso techos y patinillos.
Cuando estas conducciones para instalaciones no permitan pasar más cables, o cuando ni siquiera existan, entonces no queda otro remedio que realizar nuevas conducciones, y muy probablemente deban ser vistas, por su menor coste y rapidez de ejecución. Dentro del propio garaje que las conducciones sean vistas no suele ser un problema pues estas ya se realizan así. El problema está en otras zonas. Hay que intentar llevarlo oculto siempre.
Según el caso puede ser necesario realizar algún agujero en algún elemento constructivo para pasar la conducción con el cable. Obviamente pilares y vigas, elementos estructurales, no deben verse afectados (atornillar algo a un pilar, sí, agujerear una viga para pasar un cable o tubería, no).
En general NO deberían ser necesarias obras de albañilería. Con las conducciones vistas se emplean normalmente conducciones de plástico no propagador de la llama. De nuevo el electricista que realice la instalación ya está al tanto de toda la normativa y sabe hacer su trabajo.
Una vez que el cable ha llegado a la plaza de garaje, allí se coloca un cuadro de mando y protección, con interruptor diferencial y con interruptor automático magnetotérmico, además de otros elementos si se consideran necesarios, y la base mural de recarga.
Hay que elegir una base mural de recarga acorde con el vehículo
El wallbox puede ser de diferentes maneras: por ejemplo, con manguera con cable y conector específico para el vehículo eléctrico que vamos a recargar (con varios de metros de longitud de cable para llegar sin problemas), o bien con tomas de recarga sin más, una o varias, con diferentes conectores (o sea, varios ‘enchufes’), donde enchufar el cable de recarga del vehículo. Las tomas tendrán tapa, por seguridad.
Hay que tener presente que no todos los vehículos eléctricos tienen el mismo tipo de conector de carga. Las motos y cuadriciclos eléctricos suelen utilizar el conector schuko (el doméstico), mientras que los coches eléctricos, furgonetas eléctricas e híbridos enchufables suelen utilizar el conector Yazaki (Tipo 1), por ejemplo Nissan, Mitsubishi o Chevrolet y Opel, o bien utilizar el conector Mennekes (Tipo 2), por ejemplo Renault, Volkswagen, BMW, Mercedes-Benz o Tesla (no es exactamente un Tipo 2, pero es compatible)
La seguridad de la instalación de un punto de recarga está más que garantizada. Justo en la derivación se coloca un primer sistema de protección de la línea que en caso de que hubiera cualquier problema corta la electricidad y punto. Y después la base mural tiene su propia protección eléctrica.
Además, las bases de recarga están pensadas para ser utilizadas en el exterior y ser resistentes a las salpicaduras de agua. Hay que tener presente que los propios vehículos eléctricos, los cables de carga y los conectores están pensados para ser utilizados en el exterior, expuestos a la intemperie, sin que haya problemas incluso aunque esté lloviendo.
No olvidemos que el que haya un punto de recarga en una plaza de garaje no supone mayor problema de seguridad, pues en el garaje ya hay instalación eléctrica. Y para los más asustadizos hay que recordar que el riesgo de incendio de un coche eléctrico es menor que en un coche convencional de motor de combustión (la gasolina, aunque no pensemos todos los días en ello, es mucho más peligrosa hablando de riesgo de fuego).
Para que ningún otro ‘coja’ electricidad del punto de recarga, es decir que nadie que no sea el usuario pueda enchufar un vehículo o lo que sea al punto de recarga de la plaza de garaje, se han pensado diferentes sistemas de bloqueo, ya sea mediante una llave o mediante una tarjeta identificativa RFID.
Quien esté pensando en un sistema de recarga inalámbrica mediante un sistema de inducción, algo que ya se puede comprar en algunos países, debe tener presente que si bien no necesitará enchufar el coche con un cable, sí necesita igualmente una instalación eléctrica hasta la plaza de garaje.
Un consejo para terminar
Un último consejo: instalar un punto de recarga de vehículos eléctricos es por el momento una tarea bastante específica, y aunque cualquier instalador electricista podría hacerlo, la experiencia y la especialización vienen bien.
En España hay varias empresas especializadas en la instalación de puntos de recarga, como por ejemplo Lugenergy o Ibil, aunque también hay algunas compañías eléctricas con servicio de asesoramiento para ello. Es cuestión de investigar un poco en Google y buscar. Algunas marcas de coches suelen también asesorar o facilitar la instalación. No queda otra que buscar y comparar servicio y precio.